Cátedra Libre Internacional "Jesus Ángel Socorro"
- Someter a consideración del Consejo Técnico aquellas iniciativas que requieran aprobación por parte del mismo.
- Promover relaciones con medios de comunicación social que faciliten la difusión de las actividades de la Cátedra.
- Motivar la activa participación de los integrantes del Consejo Técnico.
- Estimular la vinculación con otras Cátedras Libres que funcionen en la URBE o en organizaciones o instituciones externas, con el propósito de compartir información y experiencias de mutuo beneficio.
- Apoyar el funcionamiento del Consejo Técnico y los Comités de Trabajo, suministrando el material requerido, así como las facilidades para el desarrollo de las actividades planificadas.
- Preparar en conjunto con el Consejo Técnico el Informe que la Cátedra deberá presentar sobre su gestión.

d.-Secretario (a): Cumple tareas de apoyo al Consejo Técnico y, en especial, al Coordinador (a), en labores como:
- La preparación de las Actas correspondientes a las reuniones ordinarias y extraordinarias.
- Recopilar información pertinente para los propósitos que persigue la Cátedra.
- Apoyar al Coordinador (a) en la convocatoria, la agenda de las sesiones de trabajo y las reuniones programadas, así como sus relaciones internas y externas con representantes de organizaciones e instituciones vinculadas a esta actividad.

e.- Miembros del Consejo Técnico: El ejercicio de las funciones de los miembros del Consejo Técnico de la Cátedra Libre, se orientará en promover un rol activo en el cumplimiento de sus objetivos. A tal efecto, se comprometen en:
- Atender con puntualidad a las convocatorias de las reuniones del Consejo Técnico. - Participar en los eventos de la Cátedra Libre y en aquellos donde este vinculada.
- Promover el propósito y funciones de la Cátedra en el entorno de su propia actividad profesional y en las actividades donde concurra.
- Contribuir al proceso operativo de la Cátedra, mediante el aporte de relacionadas con la planificación, prácticas comunicacionales, planes y proyectos, participación en Comités de Trabajo.
- Orientación a los sucesores al momento de iniciar su período de actuación.
De los Comités de Trabajo: Artículo 8º

El Consejo Técnico podrá nombrar diversos Comités que estarán bajo la responsabilidad de un Coordinador del Comité, a fin que se cumplan las funciones y compromisos planificados. Corresponde a estos Comités atender asuntos vinculados a:
- Proyectos y Programas especiales
- Avances, innovaciones y logros en proceso de la educación en Gestión del Talento Humana.
- Presencia y Participación del sector productivo.
- Estímulos y Reconocimientos.
- Otros asuntos que considere el Consejo Técnico

Del Financiamiento: Artículo 9º
Corresponde al Consejo Técnico de la Cátedra Libre la preparación anual del Presupuesto Financiero, que cubre las obligaciones derivadas de sus actividades y compromisos. El principio, en todo caso, es que esta inversión sea el producto del propio esfuerzo de la Cátedra, para lo cual deberá apelar al desarrollo de eventos y a la obtención de patrocinios y contribuciones especiales.
A este efecto, corresponde a los integrantes del Consejo Técnico aportar su iniciativa y acción personal en beneficio de este objetivo.
De las Reuniones:Artículo 10º
Las reuniones del Consejo Técnico serán de carácter ordinario y extraordinario.
Las ordinarias se efectuaran una vez al mes. Las extraordinarias serán convocadas por el Coordinador (a) del Consejo Técnico cuando asuntos de importancia lo ameriten. De igual manera, en las reuniones ordinarias se incluirán los asuntos, que por su naturaleza, merecen la consideración y aprobación del Consejo Técnico, incluyendo los informes que en forma periódica deberán producir los Coordinadores de los Comités.
Las reuniones extraordinarias estarán reservadas para tratar asuntos específicos; cualquier otro asunto requerirá la aprobación de los miembros.
Todas las reuniones y sus resultados serán objeto de una minuta, firmada en cada oportunidad por los asistentes; y sus decisiones de obligatorio cumplimiento.
De la Reserva y Propiedad Intelectual: Artículo 11º
Queda expresamente convenido que todo material contentivo del esfuerzo intelectual de la Cátedra Libre, bien en forma integral como resultado de sus actividades, o donde hubo participación de sus miembros en representación del Consejo Técnico, pasará a ser propiedad de dicha Cátedra.
Cualquier controversia que surja sobre este particular pasará a conocimiento de las autoridades correspondientes de la Universidad “Dr. Rafael Belloso Chacín” para su consideración y decisión.
De los Asuntos no Reglamentados:Artículo 12º
Para el caso de presentarse algún asunto que no esté previsto en el presente Reglamento y requiera la toma de alguna decisión, deberá ser sometido a consideración del Consejo Técnico para analizarlo en función de su nivel de autoridad o en su defecto, pasarlo a revisión y opinión del “Vicerrector de Educación a Distancia y Extensión” de la URBE, para su decisión final.
De la Aprobación Final: Artículo 13º
La aprobación y revisión de este Reglamento, en primera instancia, será potestad del Consejo Técnico; sin embargo, la aprobación final y su registro dentro o fuera de la URBE, corresponderá al Consejo Universitario de la Universidad Rafael Belloso Chacín
Este Reglamento fue aprobado por el Consejo Universitario de la Universidad Rafael Belloso Chacín, en Maracaibo, sesión extraordinaria de fecha 26 de octubre del año dos mil siete.

El Secretario - Dr. Humberto Perozo
Reglamento de la Cátedra Libre Internacional “Jesus Ángel Socorro”
De la Finalidad: Artículo 1º

El presente Reglamento Interno tiene como finalidad establecer las condiciones en las cuales se deben administrar los asuntos relacionados con las funciones asignadas a la “Cátedra Libre Internacional “Jesús Ángel Socorro: Gestión del Talento Humano”, para el cumplimiento de su misión, visión y valores, en un ámbito de logros positivos y ética.

Del Objetivo General: Artículo 2º
La Cátedra tendrá como objetivo General el siguiente:
Propiciar espacios de encuentros entre los sectores educativo, productivo, social y público para el intercambio de conocimientos, experiencias, vivencias en materia de Gestión del Talento Humano, conducentes al incremento de las competencias de las personas, que influye en la eficacia de éstas y de las organizaciones.
Del Objetivo Específico: Artículo 3º
La Cátedra tendrá como objetivos específicos los siguientes:
Servir de apoyo en el proceso de formación y capacitación de la comunidad universitaria y de los sectores productivo, social y público para la actualización y mejora de la Gestión del Talento Humano como punto clave para agregar valor a las ventajas competitivas de las organizaciones e instituciones.
Socializar el conocimiento a través de productos generados mediante la realización de congresos, conferencias, simposios, coloquios, seminarios, jornadas, charlas, talleres, foros y publicaciones u otras actividades, bajo las modalidades presencial y virtual.
De la Participación Externa:Artículo 4º
La Cátedra Libre convocará al conocimiento y experiencia de actores externos, especialmente del sector empresarial, como fuente informativa de la dinámica que ocurre en el entorno productivo sobre procesos y sistemas, competencias y valores requeridos para estrechar la brecha entre el aula y el trabajo, adicionalmente se intercambiarán los lugares de reuniones para la realización de los eventos contemplados dentro de la Cátedra, lo cual le concede un carácter itinerante a la misma.
Del Consejo Técnico: Artículo 5º
La función de dirigir el proceso técnico y administrativo de la Cátedra Libre corresponde a un Consejo Técnico, integrado del modo siguiente:
a.- Un (a) Coordinador (a) General, dentro del personal directivo, docente o de investigación de la URBE, designado (a) por el Vicerrector de Estudios a Distancia y Extensión de la URBE y del Presidente de Fundei-Zulia.
b.- Un (a) Coordinador (a) del Consejo Técnico, seleccionado (a) por los integrantes del mismo
c.- Un(a) Secretario(a), seleccionado(a) por los integrantes del Consejo Técnico.
d.- Dos (2) representantes de cada una de las siguientes organizaciones:
- Universidad “Rafael Belloso Chacín”.
- Capítulo Regional Zulia- FUNDEI Zulia.
- Fedecámaras Zulia.
- Secretaría de la Promoción de la Educación Superior de la Gobernación del Estado.
Los representantes de estas instituciones ejercerán sus funciones por un período de dos años, luego de los cuales pueden ser reemplazados o nuevamente designados por las organizaciones integrantes del Consejo Técnico.
En caso de retiro de algún representante o su inasistencia por un período superior a los tres meses, el coordinador del Consejo Técnico deberá dirigirse por escrito a la organización postulante para que proceda a nombrar otro representante.
Del Organismo Asesor y Consejero: Artículo 6º
La Cátedra Libre contará con un Cuerpo de Asesores, conformado por personas con reconocida trayectoria en el campo de la gestión o capacitación del talento humano y un Consejero Vitalicio, representado por el Sr. Jesús Ángel Socorro, quienes se encargarán de brindar su experticia en el área, para el mejor desarrollo de la Cátedra.
Cada uno de los miembros del Cuerpo de Asesores propuestos deberá contar con la aprobación del Consejo Técnico.
De las atribuciones y responsabilidades: Artículo 7º
a.- Consejo Técnico: Constituye el órgano autorizado para los procesos relacionados con la planificación, coordinación, desarrollo y seguimiento de las actividades de la Cátedra Libre, asumiendo las siguientes responsabilidades:
- Preparar cada año el Plan de Acción y el Presupuesto de las actividades de la Cátedra.
- Orientar el desarrollo de la Cátedra en función de la misión, visión y objetivos de la misma.
- Establecer indicadores de gestión que permitan evaluar en forma periódica y al final del período los resultados obtenidos.
- Organizar los eventos de acuerdo a lo programado o que surjan como consecuencia del entorno.
- Participar en eventos u otras actividades, que dentro de la URBE o fuera de ella, sean de interés para la Cátedra.
- Previa autorización de las autoridades competentes de la URBE, establecer acuerdos institucionales entre la Cátedra Libre y otras instituciones que desarrollen actividades similares, para el intercambio de experiencias que agreguen valor.
- Preparar un informe semestral del resultado de la gestión de la Cátedra.
- Aprobar la inclusión de los miembros del Cuerpo de Asesores.

b.-Coordinador (a) General:
Las funciones del Coordinador(a) General de la Cátedra están referidas básicamente a establecer la vinculación entre la Universidad, Fundei-Zulia y los sectores productivos, sociales y gubernamentales. Sus funciones específicas serán:
- Asistir y participar en las reuniones del Consejo Técnico, así como en las actividades que organice la Cátedra Libre.
- Participar en la preparación del Plan de Acción y en el Presupuesto Financiero.
- Mantener informado al Consejo Técnico de la Cátedra Libre de aquellas actividades que cumple la URBE, y en las cuales la Cátedra pueda tener algún punto de interés.
- Actuar como el factor vinculante entre la Cátedra y los sectores participantes en la misma.

c. - Coordinador (a) del Consejo Técnico:
Es el responsable de dirigir el Plan de Acción Anual aprobado por el Consejo Técnico. Sus funciones son las siguientes:
- Convocar y presidir las reuniones del Consejo Técnico.
- Coordinar el cumplimiento de las decisiones emanadas del Consejo Técnico, informando de sus resultados.
- Mantener informados a los miembros del Consejo acerca de los asuntos, que por su naturaleza, correspondan a la Cátedra.